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La norma relacionada con prácticas comerciales inmobiliarias

La norma relacionada con prácticas comerciales inmobiliarias

La Secretaría de Economía publicó el 22 de Marzo de 2022 la NOM-247-SE-2021 en el Diario Oficial de la Federación. Esta norma tiene, entre sus objetos: evitar fraudes y que los consumidores tengan mayor certeza jurídica al momento de realizar una operación inmobiliaria.

La Norma Oficial Mexicana de vivienda (NOM-247-SE-2021) tiene gran relevancia cuando de cuidar el patrimonio se los trabajadores se trata y es que de acuerdo con el Infonavit, esta protege a los acreditado de posibles fraudes o engaños en el proceso de comprar una casa o departamento. Para el desarrollo de la NOM-247-SE-2021 también participó el InfonavitEn ese sentido, el Instituto señaló que desde la entrada en vigor de la NOM-247-SE-2021 en 2022, el organismo busca reglamentar el sector vivienda y con ello evitar actividades que puedan afectar o poner en riesgo el patrimonio de los trabajadores, pues la Norma también cuida los derechos de los compradores en materia de publicidad y lo relacionado a los contratos de compraventa de inmuebles.

El pasado 18 de septiembre del 2022 entró en vigor la Norma Oficial Mexicana (NOM) 247, la cual establece los lineamientos para la comercialización y la publicidad en el sector de la vivienda; en consonancia. la Procuraduría Federal del Consumidor inicia con las inspecciones de cumplimiento entre los integrantes de la industria. PROFECO

Bienes Raíces E1C trabaja de cerca con las autoridades para entender y cumplir con la nueva normativa...

¿Qué dice la NOM-247-SE-2021?

La norma en la que participó el Infonavit para su elaboración, obliga a las inmobiliarias, desarrolladoras, empresas constructoras, así como a otras figuras que intervengan en la asesoría y venta al público de inmuebles destinados a casa habitación, ya sea nueva o existente, e incluso en la comercialización de terrenos, a respetar los derechos de los usuarios en diferentes aspectos, ¿cuáles? A continuación de los en listamos:

  • Publicidad: esta debe ser veraz, comprobable, clara y sin elementos que induzcan al error o confusión al comprador por engañosa o abusiva, además, debe contener carta de derechos de los consumidores.
  • Contratos: los desarrolladores, constructores, promotores o proveedores están obligados a informar y respetar los precios, tarifas, garantías, cantidades, calidades, medidas y demás condiciones establecidas durante la promoción de la vivienda y todo esto deberá estar registrado debidamente ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco)
  • Escrituración: se deben alinear a los requisitos establecidos por la autoridad para su debida escrituración
  • Garantías: esto definirá el proceso para ejecutarlas, así como para llevar a cabo las reparaciones o bonificaciones correspondientes, según se dé el caso y respetando siempre los derechos de los consumidores
  • Condiciones del inmueble: la casa, departamento o terreno deberá garantizar cuenta con servicios básicos tales como electricidad, agua potable, desalojo de aguas residuales, instalaciones para aprovechamiento de gas L.P. o natural, sin costo adicional e incluso aquellos que pueda adquirir el consumidor de forma opcional
  • Uso de marca: esta tiene el objetivo de evitar que terceros no autorizados hagan uso indebido de las marcas y logotipos del Infonavit o de otros organismos públicos de vivienda

Alcance de la NOM-247

Aunque muchos de estos factores ya eran regulados previamente, la NOM 247 tiene alcance federal y cuenta con un amplio espectro ya que dictamina lineamientos que intervienen en las diversas fases de la comercialización de viviendas, es decir, desde los servicios mínimos e infraestructura que deben tener los inmuebles, hasta materiales de construcción, publicidad, entrega, escrituración, bonificaciones de incumplimiento o retrasos de entrega, contratos, entre otros.

Hay que considerar que las multas por no acatar lo establecido en la NOM-247-SE-2021 pueden derivar en una multa de hasta 11 millones de pesos y en algunos casos, al cierre y clausura de las empresas involucradas o sanciones penales.

Last modified onDomingo, 30 Abril 2023 13:05
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